Instalaciones y condiciones materiales en el primer ciclo de educación infantil

Los centros educativos que impartan el primer ciclo de la educación infantil deberán disponer dentro del mismo recinto escolar, mínimo, una sala por unidad, con una superficie adecuada al número de puestos escolares autorizados (mínimo de 2m² por puesto escolar). 

Un espacio adecuado para la preparación de alimentos con capacidad para los equipamientos necesarios que facilite la lactancia materna y garantice las medidas higiénico-sanitarias para la conservación de la leche materna en el centro.

Una sala de usos múltiples, que podrá ser usada como comedor (30m²). 


Un patio de juegos con una superficie adecuada al número de puestos escolares autorizados (nunca inferior a 75m²). 


Un aseo por sala, destinada a unidades de tercer curso, que deberá ser visible y accesible con disposición de 2 lavabos e inodoros. Un aseo para el personal, separado de las unidades y de los servicios de los menores, con 1 lavabo, 1 inodoro y 1 ducha (se contará con aseos y servicios higiénico-sanitarios adaptados para personas con discapacidad en el número, proporción y condiciones de uso funcional que la legislación aplicable en materia de accesibilidad establece). 


Un espacio diferenciado para las tareas de administración y de coordinación (en centros de más de 6 unidades deberá haber, al menos, 2 espacios diferenciados). Las salas destinadas a unidades de primer y segundo curso dispondrán de áreas diferenciadas para el descanso e higiene.


•Fuentes:

-Imágenes: Pinterest

-Datos e información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA

Boletín número 45 de 07/03/2025

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